No 1754 DCC-DG-GAPER.
Bogotá, D.C. 24 JUL. 2007
CIRCULAR.
Señores
FUNCIONARIOS, DIRECCIONES SECCIONALES Y OFICINAS
OPERATIVAS/REGIONALESDefensa Civil Colombiana
1. Finalidad Impartir normas e instrucciones a los diferentes funcionarios de la Entidad relacionadas con el manejo de la Póliza que cubre los accidentes y seguro de vida de los voluntarios de la Defensa Civil Colombiana.
2. Información sobre Póliza Seguros
- De acuerdo con la renovación de la Póliza de Seguros, realizada el 04 de octubre de 2006, quedó de la siguiente manera:
2.1 Esta Póliza para el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres se firmó con la Aseguradora la Previsora, las Pólizas cubren los Accidentes Personales y un Seguro de Vida en Grupo para todos los voluntarios que hacen parte del Sistema de Prevención y atención de Desastres por un valor total de $1.500.000.000 (mil quinientos millones de pesos).
2.2 La Póliza de Accidentes y de Vida, operará mediante la Aseguradora La Previsora la cual prestará sus servicios por medio de la compañía de Corredores de Seguros Jordine Lloyd Thomson Valencia & Iragorrry.
2.3 La Póliza se firmo por un año y tiene vigencia a partir del 5 de octubre de 2006 hasta 5 octubre de 2007.
3. Disposiciones Generales
3.1 La Póliza se creó con el fin de proteger al voluntariado que conforma el Sistema Nacional para Prevención y Atención de Desastres, (Defensa Civil Colombiana, Cruz Roja, Bomberos).
3.2 El valor que cubre la Póliza es el siguiente:
3.2.1 PÓLIZA POR ACCIDENTE DENTRO DE LA ACTIVIDAD DEL SERVICIO
Amparos:
Muerte $50’000.000
Incapacidad Total y Permanente $50.000.000
Desmembración e invalidez (hasta) $50’000.000
Gastos médicos (hasta) $ 6’000.000
Gastos de traslado (hasta) $ 1.500.000
Auxilio funerarios $ 3.500.000
SEGURO DE VIDA
AmparosMuerte $10´000.000
Auxilio Funerario $ 3.500.000
4. Características Generales de la Póliza de Accidentes
Este Seguro se limita a cubrir los accidentes que sufra cualquiera de los Miembros Voluntarios de los organismos de socorro que forma parte del SISTEMA NACIONAL DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES siempre y cuando el accidente se produzca como consecuencia de o durante el ejercicio de sus funciones, durante actividades de prevención y atención de emergencias derivadas de socorro voluntario en cada una de la entidades operativas del Sistema Nacional De Prevención y Atención de Desastres.
TODA ACTIVIDAD DEBE SER PREVIAMENTE ORDENADA Y COORDINADA POR LA DIRECCIÓN SECCIONAL U OFICINA OPERATIVA
DE LA DEFENSA CIVIL COLOMBINA.
5. ACTIVIDAD DEL SERVICIO
Se entiende por actividad del servicio toda aquella que se desarrolle con autorización de la Dirección General, de las Direcciones Secciónales y Oficinas Operativas, puede estar organizada y coordinada por las Juntas pero deberá ser informada y autorizada antes de su realización, esto para que los voluntarios estén cubiertos por la Póliza. La Dependencia Regional debe estar enterada de las actividades que desarrollan las Juntas. De esta manera los voluntarios quedaran cubiertos desde el momento que salen a atender la emergencia o a desarrollar actividades de prevención y/o rehabilitar hasta que lleguen a su domicilio nuevamente.
5.1 Muerte Accidental
La Póliza cubre la muerte accidental dentro de la actividad del servicio en las fases de prevención, atención y rehabilitación de emergencias, a los voluntarios, y en tal caso la compañía pagará la suma asegurada establecida para este amparo, deduciendo los pagos efectuados por conceptos de indemnizaciones por el amparo de Beneficios por desmembración e in habilitación Permanente, siempre y cuando el fallecimiento ocurra dentro de los 365 días siguientes a la fecha del accidente.
5.2 Desmembración e invalidez
Se indemniza la pérdida anatómica o funcional, que sufra el asegurado como consecuencia de un accidente amparado por la póliza y que se manifieste dentro de los trescientos sesenta y cinco (365) días siguientes a la fecha del mismo. El valor de la indemnización será determinado de acuerdo con lo estipulado en Manual Único de Calificación de Invalidez (decreto 917 de 1999).
5.3 Gastos médicos
Estos únicamente cubren hasta (seis millones de pesos $6.000.000), Si el voluntario sufre un accidente, debe utilizar inicialmente su E.P.S. o el Sisben.
Los gastos médicos no cubren ni indemnizarán enfermedad o lesión alguna ocurrida con anterioridad al inicio de la vigencia de la presente póliza. (Enfermedad preexistente).
5.4 Gastos de traslado
Si como consecuencia directa de un accidente en actividad del servicio cubierto por la póliza se hace necesario el traslado del voluntario accidentado del lugar donde haya ocurrido el accidente hasta la institución prestadora de salud o según el caso, a cualquier otra institución, la aseguradora reconocerá el traslado hasta por la suma contratada. En caso que fuere necesario un segundo traslado a otra institución prestadora de salud, este se hará con cargo a la afectación de amparo de gastos médicos.
5.5 Auxilio funerario
La Aseguradora La Previsora otorgará un auxilio funerario hasta el valor asegurado.
6. Características generales de la Póliza de Seguro de Vida
6.1 Muerte
Está Póliza ampara contra el riesgo de muerte a cada uno de los voluntarios para la actual vigencia.
6.1 REQUISITOS COBRO SEGURO
El pago de siniestros se efectuará por parte de la compañía Aseguradora previa presentación de los documentos relacionados a continuación:
6.2 Por Muerte Accidental en servicio voluntario
* Informe detallado del accidente
* Acta de levantamiento
* Croquis del accidente
* Certificación de la autoridad competente que conoció el hecho y/o acta de la necropcia.
* Fotocopia documento de identidad del asegurado
* Certificación de la Dependencia Regional de la Defensa Civil Colombiana, en la que conste que el voluntario se encuentra activo.
* Registro civil de defunción expedido por la autoridad competente o fotocopia autenticada.
* Formato de designación de beneficiarios y/o dos declaraciones Extrajuicio.
* Los beneficiarios deben adjuntar fotocopia del documento de identidad, registro civil de nacimiento o partida de bautismo.6.3 Por Desmembración o Invalidez Permanente
* Facturas originales con sello de cancelado que cumplan con las normas minimas exigidas por la DIAN.
* Certificación de que la Incapacidad es total y permanente
* Informe detallado del accidente de los hechosHistoria clínica completa del tratamiento con su dictamen final que determina la existencia de incapacidad y certificación por la junta de invalidez.
6.4 Por Reembolso de Gastos Médicos
* informe del accidente.
* Certificado de la entidad que el asegurado es voluntario activo
* Facturas originales de los gastos ocasionados con las normas mínimas exigidas por la DIAN.
6.5 Por Gastos de Traslado
Original de las facturas que cumplan con las normas mínimas exigidas por la DIAN, con el sello de cancelado.
Designación de beneficiarios
Los beneficiarios serán designados por cada uno de los asegurados, en su defecto el seguro se pagará a los beneficiarios de ley.
Todos los documentos deben venir en original y copia.
7. Instrucciones Generales de coordinación
La Póliza cubre, a todo el personal de voluntarios (hombres, mujeres, jóvenes, niños y niñas civilitos) que estén plenamente registrados con su hoja de vida ante la Dirección General, Grupo Talento Humano debidamente carnetizados.
La Póliza cubre única y exclusivamente al voluntario que cumpla con las instrucciones del numeral anterior.
La Póliza no remplaza a la EPS o al Sisben al que debe pertenecer todos los voluntarios al momento de ingresar en la DEFENSA CIVIL COLOMBIANA.Además, la póliza cubre a:
ASPIRANTES A VOLUNTARIOS: En este caso se debe enviar al iniciar el curso la relación de la personas con: Nombres, apellidos, numero de cedula, edad cumplida y fotocopia de la cedula. Esta relación se podrá enviar vía fax o e-mail, las fotocopias de la cedula se envían por correo.
Los aspirantes son aquellos que inicien el curso básico.
NOTA: Toda la información deberá ser enviada a la oficina del Grupo de Talento Humano, así como los datos personales de los voluntarios y beneficiarios, cualquier novedad deberá ser reportada a esta oficina con el fin de hacer el trámite o reclamación por intermedio del Corredor de Seguros, ante la Aseguradora.
Atentamente,
FIRMADO ORIGINAL
Mayor General JAIRO DUVAN PINEDA NIÑO
Director General de la Defensa Civil Colombiana
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